Legislación Laboral e Impuestos
La actividad de IAESTE ESPAÑA se fundamenta en la oferta y tramitación de prácticas de carácter internacional a estudiantes de especialidades técnicas, o a empresas nacionales que accedan a acoger futuros profesionales extranjeros.
Las características de las prácticas en empresas que se realizan al amparo de la actividad de IAESTE, son las siguientes:
- Están vinculadas a estudios universitarios de especialidad técnica.
- Están remuneradas, asegurándose unos ingresos mínimos para el estudiante que le permitan hacer frente al coste de vida del país de destino, calculándose la retribución mínima a partir del Producto Interior Bruto de cada país.
- Las prácticas tienen carácter formativo y no constituyen una relación laboral, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, que deroga la anterior regulación contenida en el RD 1497/1981.
El Real Decreto 592/2014 es la norma que regula actualmente las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, e incluye, entre otros aspectos, los convenios de cooperación educativa, los tutores académicos y de empresa, los requisitos y derechos de los estudiantes y los seguros de accidentes y responsabilidad civil.
En materia de Seguridad Social, desde el 1 de enero de 2024 la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de los alumnos que realizan prácticas formativas o prácticas académicas externas se rige por la disposición adicional 52ª de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 5/2023). Conforme a esta regulación:
- La realización de prácticas formativas o académicas externas determina la inclusión en la Seguridad Social de la persona que las realiza.
- En las prácticas remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social (alta, baja y cotización) corresponde a la entidad que facilita o remunera la práctica, que asume la condición de empresario.
- El alta debe comunicarse a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los diez días naturales siguientes al inicio de las prácticas.
- Se aplica una reducción del 95 % a las cuotas por contingencias comunes.
- No será necesaria la suscripción de un contrato laboral ni permiso de trabajo, al no existir relación laboral.
Seguros
Todos los estudiantes vienen cubiertos por un seguro internacional de accidentes, de acuerdo con la normativa que regula el intercambio internacional de estudiantes a través del programa IAESTE, ningún estudiante es aceptado en nuestro país sin estar cubierto por un seguro conveniente (cobertura mínima: accidentes, enfermedad, fallecimiento y repatriación), no teniendo que cubrir la Entidad estos riesgos.
Estos trámites van a cuenta de IAESTE y el propio estudiante.
