Legislación Laboral e Impuestos

La actividad de IAESTE ESPAÑA se fundamenta en la oferta y tramitación de prácticas de carácter internacional a estudiantes de especialidades técnicas, o a empresas nacionales que accedan a acoger futuros profesionales extranjeros.

Las características de las prácticas en empresas que se realizan al amparo de la actividad de IAESTE, son las siguientes:

  • Están vinculadas a estudios universitarios de especialidad técnica.
  • Están remuneradas, asegurándose unos ingresos mínimos para el estudiante que le permitan hacer frente al coste de vida del país de destino, calculándose la retribución mínima a partir del Producto Interior Bruto de cada país.
  • La relación entre el estudiante y la empresa se incluye dentro del ámbito de aplicación del RD 1497/1981, de 19 de junio, sobre Programas de Cooperación Universitaria, por lo que la misma no reúne las características de una relación laboral.

En virtud de lo expuesto, cabe concluir que las prácticas en empresas que se realizan por estudiantes universitarios al amparo de la actividad de IAESTE España quedan incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1493/2011, y por consiguiente, las mismas deberán cumplir las obligaciones que se contienen en dicha norma.

La principal consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 1493/2011 es que los estudiantes afectados por su regulación pasan automáticamente a tener la condición de asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a los efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social y de las consecuencias que de dicha situación se derivan en cumplimiento de la normativa establecida en la Ley General de la Seguridad Social y las normas que la desarrollan.

No será necesario ni permiso de trabajo ni contrato laboral ‐que sustituye el convenio entre entidad y IAESTE‐, pero sí es de obligado cumplimiento por parte de la entidad dar de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social a los becarios universitarios y asumir esos costes.

Seguros

Todos los estudiantes vienen cubiertos por un seguro internacional de accidentes, de acuerdo con la normativa que regula el intercambio internacional de estudiantes a través del programa IAESTE, ningún estudiante es aceptado en nuestro país sin estar cubierto por un seguro conveniente (cobertura mínima: accidentes, enfermedad, fallecimiento y repatriación), no teniendo que cubrir la Entidad estos riesgos.

Estos trámites van a cuenta de IAESTE y el propio estudiante.